Cañamo Industrial el olvidado

La Comisión Nacional de Mejora Regulatoria publicó un nuevo reglamento en el cual no se establece ninguna distinción entre la regulación aplicable a la mariguana y al cáñamo industrial.

El mercado agroindustrial mexicano del cáñamo industrial, un tipo de cannabis no psicoactivo del que se pueden obtener productos como materiales para construcción, sustitutos del plástico, cosméticos y productos de higiene, entre otros, está en riesgo por una posible sobreregulación derivada de la Ley de Regulación del Cannabis. El pasado 27 de julio la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) publicó el proyecto de Reglamento en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos, en el cual no se establece ninguna distinción entre la regulación aplicable a la mariguana (cannabis psicoactivo) y al cáñamo industrial (cannabis no psicoactivo). 

Sin esta diferenciación se corre el riesgo que el reglamento, precedente para la Ley de Regulación del Cannabis, imponga un freno a una agroindustria que es mucho mayor que la del cannabis psicoactivo. “El cáñamo industrial es una variedad de la planta que no tiene los cannabinoides o los componentes psicoactivos y es importante poder distinguir que ésta en realidad es una planta que debe estar regulada desde una perspectiva agroindustrial, como cualquier otro cultivo o la estás limitando y condenando a una carga regulatoria excesiva”

Según un reporte de la firma Grand View Research, el mercado global del cáñamo industrial alcanzará 15 mil 26 mil millones de dólares para 2027, principalmente por una creciente preferencia por productos ecológicos de aislamiento térmico, así como su uso en las industrias de cosméticos y cuidado personal para la producción de jabones, champú, geles de baño y otros productos similares.

En 2019 el segmento de semillas de cáñamo representó 27.3 por ciento del valor total de ese mercado, debido a la amplia aplicación del producto en productos farmacéuticos, suplementos nutricionales y otros productos medicinales y terapéuticos. Además, se espera que la demanda de cáñamo industrial en la industria del cuidado personal se expanda a una tasa compuesta anual de 18.8 por ciento en términos de ingresos de 2020 a 2027, ya que reduce el malestar de la piel al aliviar y restaurar la piel seca o dañada. Argumentos En un documento enviado a la Conamer, 42 empresas y siete organizaciones sin fines de lucro hicieron un llamado para hacer las precisiones pertinentes al proyecto de reglamento, que se espera sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a mediados de septiembre, para no afectar a la industria del cáñamo.

En dicho proyecto, dicha materia prima es definida como un «producto fibroso elaborado de las plantas de cannabis sativa macho, sin flores o frutos, que no contenga más de 1 por ciento de tetrahidrocannabinol»; sin embargo no se hace la especificación de que se trata de un cannabis no psicoactivo. 

Fuente: LibertadCannabica

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